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Se encuentra en vigencia la ordenanza que prohíbe el uso de escapes libres
Se encuentra vigente la ordenanza 1855 sancionada el 28 de febrero de 2024 por el Honorable Concejo Deliberante la que prohíbe la circulación de automóviles, motocicletas, ciclomotores y vehículos de gran porte, con caño de escape abiertos y/o modificados mediante la colocación de escapes libres, sin silenciador, adulterados de alguna manera y/o con los llamados “sistemas expansivos”, utilizados para emitir ruidos fuertes y molestos.
La ordenanza establece que el incumplimiento será sancionado con multas, retención del vehículo infractor y decomiso del escape adulterado para su posterior destrucción.
La multa económica será equivalente a 50 Unidades fijas de Multa, y en caso de reincidencia se duplicará el valor
Recordamos que para circular en motocicletas y ciclomotores el casco es obligatorio para todos los ocupantes del rodado.
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Texto completo de la ordenanza 1855 | 767.49 KB |